La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi (CCD) publicó la nueva versión del documento. La actualización quiere promover la buena fe empresarial y el correcto funcionamiento del mercado
La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi (CCD) publicó la versión actualizada de los ‘Lineamientos sobre Competencia Desleal y Publicidad Comercial’. Este documento recopila los criterios resolutivos recientes más relevantes que fueron adoptados por la Comisión y la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC).
La actualización pretende facilitar el entendimiento de las reglas en materia de competencia desleal. Está dirigido a la ciudadanía en general con el propósito de generar mayor predictibilidad y estabilidad jurídica en la materia. Así queda expuesta de forma clara y concreta la manera en que Indecopi analiza t determina la existencia de conductas desleales.

Algunos actos de competencia desleal están vinculados con la actividad publicitaria. Los detalles se dan a conocer mediante casos recientes en atención a recientes pronunciamientos del Indecopi. El documento también detalla el Código de Protección y Defensa del Consumidor, la Ley que regula la Comercialización, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcohólicas, entre otros.
Listado Enunciativo de actos de competencia desleal, según Indecopi
- Actos de engaño
- Actos de Confusión
- Actos de Explotación Indebida de la Reputación Ajena
- Actos de Denigración
- Actos de Comparación y Equiparación Indebida
- Actos de Violación de Secretos Empresariales
- Actos de Violación de normas
- Actos de Sabotaje Empresarial
Un aspecto que se incluyó son los casos recientes sobre publicidad engañosa. De igual manera los criterios relevantes en la aplicación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable y sus reglamentos. Un caso incluido es el de una empresa sancionada por difundir publicidad engañosa. Dicha marca incluyó en el envase la palabra “maracuyá” de forma destacada junto a la imagen de la fruta. Si bien se daba entender a los consumidores que el producto contenía la fruta natural, esto no era cierto.










