La marca alemana Adidas, el mayor fabricante de ropa y zapatos deportivos de Europa y el segundo más grande del mundo después de la marca americana Nike, habría perdido la exclusividad de su logo de las tres rayas paralelas ante el fallo de la corte general de la Unión Europea.
Esta decisión es un capítulo más en la larga disputa sobre la propiedad intelectual que viene afrontando la marca alemana Adidas y la compañía belga Shoe Branding Europe BVBA desde el año 2009.
El escenario
Todo comienza en el 2009 cuando la marca belga intento registrar ante la Oficina Europea de la Propiedad Intelectual (EUIPO) la marca “Patrick” siendo su principal característica de marca 2 rayas paralelas en dirección opuesta a la de Adidas. Ante esta solicitud Adidas se opuso porque afirmaba que eran muy similares a sus tres bandas paralelas y en este sentido la empresa belga se intentaba aprovechar de la notoriedad de su marca. En esta oportunidad la EUIPO denegó el registro a la marca belga.
En esta primera instancia uno de los puntos claves y perjudiciales para Adidas era que para el año 2009 no tenía registrada su diseño de las tres rayas como marca comunitaria. Es decir las clásicas rayas paralelas que forman parte de la identidad de marca de Adidas no eran de carácter exclusivo de la marca alemana en toda la Unión Europea por no estar registrada en la Comunidad Europea.
Ante esta situación Adidas solicita en el año 2013 el registro de las tres rayas como marca comunitaria. En el 2014 la EUIPO acepta la solicitud y registra como marca comunitaria las tres rayas paralelas, equidistantes, de ancho idéntico aplicadas en cualquier dirección como una marca registrada de Adidas.
Ante esta aprobación de registro para Adidas, la marca belga Shoe Branding Europe presentó su reclamo y manifestó su oposición argumentando que “si ellos no pueden registrar dos rayas, Adidas tampoco debería poder hacerlo con tres”.
La decisión
La oficina Europea de la Propiedad Intelectual anuló el registro previo que favorecía a Adidas aludiendo que “no había demostrado que su logotipo sea de carácter distintivo”. Además recalco que “el diseño de las tres rayas no constituye una marca de patrón, es básico para ser considerado como una marca registrada”.
Según el tribunal, Adidas habría conseguido demostrar que las tres rayas son de carácter distintivo solo en cinco países de la Unión Europea, pero no en todo el territorio comunitario.
La postura de Adidas
La empresa alemana tiene dos meses para apelar esta decisión. El vocero oficial de la marca comunico: “Nos encontramos decepcionados con la decisión, pero estamos trabajando con el tribunal para proteger nuestra marca en el futuro”. Por otro lado Geert Glas, abogado de la propiedad intelectual de Allen & Overy dijo: “Es un revés para Adidas, pero no debería ser el final de la marcas registrada de sus tres franjas”.
Mientras tanto las acciones de la marca Alemana en Wall Street caían un 2% y en la bolsa Alemana un 1.4%.
La conclusión
Las tres rayas paralelas de Adidas se han vuelto una distinción de la marca a nivel mundial. Tan igual como el cocodrilo en el polo representa a “Lacoste” o la M de color amarillo representa a “Mc Donalds”.
En mi opinión la Corte de Justicia Europea está siendo tecnicista y garantista. Tecnicista porque está determinando su resolución en base al papel y está dejando de lado el análisis cualitativo que representan las tres rayas para Adidas. Y Garantista porque sus decisiones están partiendo del principio de proteger los derechos de las marcas Europeas.
Adidas tienen todo el derecho a reclamar la exclusividad de las tres rayas en todo el territorio Europeo.
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