Indecopi es el organismo encargado de vigilar que las etiquetas cumplan con estas características, también se encarga de analizar su veracidad, es decir, de verificar si lo que se dice en la etiqueta es verdadero.
También conocido como rótulo, la etiqueta es la impresión que envuelve un artículo y que les permite a los consumidores diferenciar, clasificar y conocer las características del producto, tales como el peso, la elaboración, la fecha de vencimiento, entre otros.
Aunque existen muchos tipos de etiquetas, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) señala que todos los productos que circulan en el Perú deben indicar alrededor de ocho especificaciones de manera obligatoria, aunque la cifra varía de acuerdo a la categoría en la que se encuentra el artículo.
El regulador, que se encarga de vigilar que las etiquetas cumplan con estas características, también se encarga de analizar su veracidad, es decir, de verificar si lo que se dice en la etiqueta es verdadero. Algunas marcas han incumplido esto, por lo que han sido llamadas a cambiar las características de sus rotulados y hasta han sido multadas.
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Inducir al error
Nestlé y Rinti
A principios de febrero, Indecopi le ordenó a las empresas Nestlé Perú S.A. y Rinti S.A. el retiro y la modificación de sus etiquetas de sus productos “Félix Paté Salmón Completo y Balanceado” de 156 gr, y “Ricocan Cordero (Húmedo)” de 170 gr, respectivamente, por información incompleta que induce a error al consumidor.
La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) determinó que el producto “Félix Paté Salmón Completo y Balanceado” de Nestlé no solo tenía salmón (como se indicaba en la etiqueta), sino también vísceras de cerdo, menudencias de pollo y/o pavo y carne de pescado.
Por su lado, “Ricocan Cordero (Húmedo)” de Rinti también contenía derivados de res y ave, harina de carne, además de grasa animal y vegetal.
Nestlé recibió una multa de 50 UIT equivalente a S/230,000, mientras Rinti con 20 UIT, equivalente a S/92,000.

Laive y Braedt
En septiembre del 2021, el instituto multó a las empresas Laive y Braedt con 5,21 UIT (S/ 22 403) y 45,51 UIT (S/ 195 693) respectivamente, por etiquetar sus productos con una denominación que no refleja su verdadera naturaleza, generando confusión.
En el caso de Laive, la decisión fue adoptada debido a que en la cara principal de los empaques de los productos ‘Hot Dog de Pollo’ presentación de 200 gr y ‘Jamonada de Pollo’ presentación de 200 gr no se reflejaba que también estaban elaborados con carne de cerdo sin que este ingrediente haya sido consignado en su denominación.
Respecto a Braedt, la Comisión determinó que la naturaleza del producto ‘Jamón y queso: Jamón Pizzero + Queso Edam – Pack’, no reflejaba que el producto estaba elaborado con carne de cerdo y pavo.
Sociedad Suizo Peruana de Embutidos
En noviembre del 2020, el regulador sancionó a la empresa Sociedad Suizo Peruana de Embutidos S.A. (Supemsa) por su producto “hot dog de pollo” de la marca La Segoviana debido a que el etiquetado del producto no corresponde a su verdadera naturaleza y genera engaño al consumidor.
La multa por confundir o engañar a sus consumidores era de 189.54 UIT, es decir, S/815,022.

San Fernando
En abril del 2019, Indecopi confirmó la multa a San Fernando tras haber acreditado que etiquetó de manera incorrecta ocho productos alimenticios. La multa total ascendió a 454.2 UIT (unidades impositivas tributarias), equivalentes a S/ 1 907 640 (un millón novecientos siete mil seiscientos cuarenta/00 soles).
Esto tras haberse consignado denominaciones incorrectas en el etiquetado de los productos: “Hamburguesa casera de pollo”, “Pate de pollo”, “Jamonada de pollo” y “Apanado de pollo”, las cuales no reflejaban la verdadera naturaleza de su composición.